Matrícula de asignaturas con requisitos

Estimado estudiante. 

El Reglamento General Estudiantil (RGE) en su Artículo 13, indica lo siguiente:

"La persona estudiante podrá matricular asignaturas únicamente en la carrera en la cual se encuentra empadronada, siguiendo el orden del plan de estudios. ...se podrán matricular asignaturas entre los niveles de pregrado y grado de la misma carrera; excepto aquellas asignaturas o carreras que tengan requisitos o correquisitos previos, en estos casos se debe cumplir con los requisitos establecidos en el plan de estudios.
Cuando se compruebe una irregularidad en la matricula que sea imputable a la persona estudiante, la universidad podrá suspender o anular la matrícula dentro de los cuarenta y cinco días naturales siguientes al término del período de matrícula, pasado este tiempo la persona estudiante adquiere el derecho de continuar con la asignatura. "

Expuesto lo anterior, si se evidencia la matrícula de alguna de estas asignaturas sin cumplir con el requisito establecido, se procederá ante la Oficina de Registro con la anulación de la misma

Asignaturas con requisito:

  • Matemática Financiera (00413).
  • Requisito 00491 (Matemática para Administradores I).
  • Finanzas de corto plazo (04099).
  • Requisito 00226 (Contabilidad I).